Micelio
Auto20 de mayo de 2019

A- de 2019

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Acuacar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaración De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto la parte resolutiva no ofrece ninguna duda alegada por el accionante
Adicion De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Aplicación del artículo 287 del Código General del Proceso
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Séptima de Revisión decidió, por un lado, negar la solicitud de aclaración de la Sentencia T-012/19 presentada por la apoderada judicial de ACUACAR y, por el otro, adicionar de oficio un texto a los ordinales tercero y séptimo de la parte resolutiva del precitado fallo, con el objeto de afianzar las órdenes emitidas en él y superar cualquier obstáculo administrativo que impida garantizar con prontitud los derechos fundamentales de los accionantes, sus familias y su comunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. PRIMERO. NEGAR la solicitud de aclaración de la sentencia T-012 de 2019, presentada por la apoderada judicial de ACUACAR en el proceso de tutela de la referencia.
  2. SEGUNDO. ADICIONAR al ordinal
  3. tercero. de la parte resolutiva de la sentencia T-012 de 2019 el siguiente inciso final:
  4. "Aguas de Cartagena S.A. E.S.P. y la Alcaldía de Cartagena podrán, de conformidad con la Constitución y la ley, adicionar nuevas cláusulas al contrato vigente para la gestión integral de los servicios de acueducto y alcantarillado de Cartagena (GISAA) o firmar un nuevo contrato con el fin de garantizar el efectivo cumplimiento de esta orden."
  5. TERCERO. ADICIONAR al ordinal
  6. séptimo. de la parte resolutiva de la sentencia T-012 de 2019 el siguiente inciso final:
  7. "Cooservha E.S.P. y la Alcaldía de Hatillo de Loba podrán, de conformidad con la Constitución y la ley, firmar un nuevo contrato o adicionar nuevas cláusulas al contrato vigente -si lo hay- para la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado con el fin de garantizar el efectivo cumplimiento de esta orden."
  8. CUARTO. Por intermedio de Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR al Juzgado
  9. Séptimo. Laboral del Circuito de Cartagena (T-6.470.199) y al Juzgado
  10. Primero. Promiscuo del Circuito de Mompóx (T-6.485.552) el contenido de la presente decisión para que verifiquen el cumplimiento efectivo de las órdenes a corto y mediano plazo contenidas en la sentencia T-012 de 2019.
  11. QUINTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia a ACUACAR, Cooservha E.S.P. a la Alcaldía de Cartagena, a la Alcaldía de Hatillo de Loba y a la Gobernación de Bolívar.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.